Directrices
El Consejo de Salud Ocupacional, como ente rector, diseña, promulga y
coordina todas las políticas para dirigir los procesos de promoción, prevención,
educación e investigación en salud ocupacional.".
Igualmente, analiza, actualiza y emite la normativa nacional, con la
finalidad de lograr un mejoramiento de las condiciones y medio ambiente
laboral.
Por lo anterior, los estudios elaborados en salud ocupacional,
debidamente aprobados por la Junta Directiva del CSO, mediante acuerdo firme,
se convierten en actos administrativos, que pueden ser que pueden ser
recomendaciones técnicas de tipo general o particular, de carácter vinculante
para las personas empleadoras y trabajadoras.
Cuando tales estudios técnicos especializados, tanto en salud
ocupacional como en legislación, son debidamente aprobados mediante acuerdo
firme, se convierten en actos administrativos, que pueden ser recomendaciones
técnicas de tipo general o particular, de carácter vinculante para las personas
empleadoras y trabajadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo
282 del Código de Trabajo y sus reformas.
Para que dicha obligatoriedad se concrete, y el acto administrativo sea
válido y eficaz, el Consejo de Salud Ocupacional debe publicar las
recomendaciones que sean de alcance general y, notificar las recomendaciones
que sean de tipo particular, por cuanto tal requisito de publicidad resulta
indispensable para que surtan efectos jurídicos ante terceras personas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 120, 140 y 240.1, todos de la
Ley General de la Administración Pública.
Título
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Descripción
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Directriz N° CSO-004-2018 Lineamiento para minimizar y controlar la violencia exterma en la ejecucion del trabajo
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Con fundamento en lo establecido en los artículos 56 y 66 de la Constitución Política de Costa Rica y los artículos 273, 274, 282 y 284 del Código de Trabajo se establece el Lineamiento para minimizar y controlar la violencia externa en la ejecución del trabajo, la cual se manifiesta como amenaza, agresión o lesión personal o patrimonial y en general cualquier tipo de delito que cometan los beneficiarios de los servicios y las personas del entorno donde se desarrolla el trabajo.
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Directriz N°-027-S-MTSS
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Directriz "Promoción del bienestar en las instituciones públicas, mediante la adopción de hábitos saludables en la alimentación, salud física y mental, actividad física y recreación laboral y, espacios libres de humo de tabaco"
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Directriz para la prevención y abordaje del VIH-SIDA en el mundo del trabajo.
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Con fundamento en los artículos 33, 56 y 66 de la Constitución Política de Costa Rica, esta Diretcriz establece las condiciones para el cumplimiento de los derechos laborales, libres de estigma y diascriminación para las personas con el VIH.
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Directriz N° 30
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Directriz dirigida al sector público "Sobre el cumplimiento de la legislación laboral especial en salud ocupacional
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Directriz Nº CSO 001-2009 sobre los contenidos teóricos mínimos que debe contener un programa de capacitación básica para las comisiones del CSO.
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De conformidad con lo establecido en los artículos 56, 66, 73 y 74 de la Constitución Política, la Directriz determina los requisitios que se deben cumplir en el proceso de capacitación de las Comisiones de Salud Ocupacional.
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