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     a)        
    La oficina o departamento de salud ocupacional se
    debe mantener en una empresa o institución que ocupe permanentemente más de
    cincuenta personas trabajadoras. En el caso de que la empresa forme parte
    de una corporación donde existan razones sociales distintas con más de 50
    personas trabajadoras, cada una de ellas debe registrar de forma
    independiente la oficina o departamento de Salud Ocupacional. 
    b)        
    Se realiza mediante la plataforma digital https://pct.go.cr/. La formación profesional
    de la persona encargada de la oficina o departamento deberá contar como
    mínimo con un Diplomado Universitario en Salud Ocupacional, reconocido por
    el Ministerio de Educación Pública, para lo cual debe adjuntar copia del
    título universitario que lo acredita y ajustándose a lo establecido en el
    Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional
    (Decreto Nº 39408-MTSS). 
    c)        
    La persona que será la encargada de la oficina de
    salud ocupacional deberá estar inscrita en la base de datos de
    profesionales en salud ocupacional del CSO y en caso de no estarlo, deberá
    enviar la información de sus atestados al correo: [email protected] 
    d)        
    Cuando no exista Oficina
    en un centro de trabajo, la persona representante legal de la razón social
    o la persona autorizada para realizar los trámites, realizará el registro
    de la oficina o departamento de salud ocupacional en la plataforma digital
    vigente. 
    e)        
    Si el registro cumple con los requisitos
    establecidos en el Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de
    Salud Ocupacional (Decreto N.º 39408-MTSS) y se envía en el sistema
    correctamente, se genera automáticamente el documento sellado digitalmente
    por el CSO con el número de registro correspondiente, el cual no cambia
    mientras la Oficina o departamento del centro de trabajo se mantenga activa
    y el expediente lo puede descargar en la pestaña de consultas, consulta de
    expediente. 
    f)         
    La persona encargada de la oficina o departamento
    de salud ocupacional, deberá aprobar o rechazar la solicitud de asignación
    de persona encargada de la oficina de salud ocupacional mediante una
    notificación que le llegará a su correo electrónico. 
    g)        
    En caso que la persona encargada deje de laborar o
    brindar sus servicios para la empresa o institución, podrá solicitar la
    desvinculación de persona encargada de una oficina de salud ocupacional. 
    Descargar
    manual de uso 
      
      
    
    
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